Uno de los puntos débiles de los coches eléctricos no reside en el propio vehículo, sino en la infraestructura necesaria para su funcionamiento: la red de recarga. Según el último Barómetro de Electromovilidad publicado por ANFAC, en España hay 8.451 puntos públicos: una cifra en la que, evidentemente, se excluyen los privados y aquellos que están fuera de servicio. A todos los escollos que hay que superar para instalar una estación ahora se suma uno más: los puntos de recarga públicos tendrán que pagar impuestos.

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Lo cierto es que se habían empezado a dar algunos pasos para impulsar esa red de recarga. El año pasado se aprobó un Real Decreto Ley de Impulso a las Energías Renovables en el que se declaraba que las infraestructuras asociadas a los puntos de recarga de alta capacidad (250 kW) para coches eléctricos eran de utilidad pública.

Cargar coche eléctrico

Las trabas para instalar un punto de recarga

Este movimiento buscaba simplificar los trámites y tiempos necesarios para la aprobación, instalación y puesta en funcionamiento de las estaciones de recarga. Un proceso que en España está plagado de trámites burocráticos que ralentizan la operación. Por un lado están los permisos que hay que pedir a los ayuntamientos que tienen sus propias condiciones y tiempos.

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Por otro lado, hay que solicitar las autorizaciones a la Dirección General de Carreteras y los plazos de respuesta no son, precisamente, livianos: puede tardar hasta un máximo de seis meses y si no hay respuesta se entiende que el silencio es negativo así que hay que volver a la casilla de salida. A esto hay que añadir que, en un principio, estos puntos se asociaron a las gasolineras, algo que complica la instalación… y aunque posteriormente se simplificaron los requisitos sigue siendo complicado.

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Un nuevo impuesto

Y por si todo esto fuera poco ahora hay que añadir un tercer escollo: el impuesto para los puntos de recarga públicos que ha llegado de la mano de los Presupuestos Generales del Estado para 2021. Dentro del apartado dedicado a los Impuestos Locales, hay que poner el foco en la Sección 5ª y, más concretamente, en el Artículo 67 sobre el Impuesto sobre Actividades Económicas.

El apartado séptimo de este punto añade un nuevo epígrafe (664.2) a la Sección Primera de las Tarifas en el que nos encontramos con dos cuotas relacionadas con las estaciones de recarga de los coches eléctricos:

  • Cuota mínima municipal de 13,56 euros por cada punto de recarga: la pagará, exclusivamente, el titular del establecimiento o local en el que el punto de recarga esté instalado.
  • Cuota nacional de 13,56 euros por cada punto de recarga: la abonará, exclusivamente, el propietario de los puntos de recarga.

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