Desde el pasado de 20 marzo, está en vigor la nueva Ley de Tráfico 2022, tras muchos meses de discusión y debate en las Cortes. La nueva normativa trae, como principal novedad, la prohibición de superar en 20 km/h el límite de velocidad en vías secundarias para adelantar. Aunque no es lo único. Estas son las 7 multas que recoge la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial.

Multas que recoge la nueva Ley de Tráfico: sujetar el móvil con la mano

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Esta es otra de las novedades más importantes y, cuidado, porque aquí el verbo es importante. El nuevo texto habla de sujetar el móvil con la mano, independientemente de que lo estés usando o no. Quiere decir que puedes ser multado simplemente por tener el móvil (o un dispositivo como una tablet), aunque esté apagado.

Antes, si te pillaban usando el móvil mientras conducías, la sanción era de 200 euros y tres puntos del carné. Ahora, con la nueva Ley de Tráfico, se mantiene la cuantía económica, es decir, 200 euros, pero se duplica la detracción de puntos, pasando de tres a seis.

Superar en 20 km/h el límite de velocidad para adelantar

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Esta es la medida estrella de la nueva normativa y la que más polémica levantó durante su tramitación. Aunque suscitó muchas voces críticas, la DGT consiguió salirse con la suya y eliminó el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales.

Esto implica ahora que, si sobrepasas los 90 km/h (o la velocidad máxima fijada en un tramo de la vía) para realizar un adelantamiento, serás multado, de acuerdo con la siguiente tabla de sanciones por exceso de velocidad:

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No usar el cinturón

La nueva normativa también castiga de manera más dura a aquellos conductores que no utilicen el cinturón de seguridad, así como los Sistemas de Retención Infantil para los niños. La multa sigue siendo de 200 euros, pero ha aumentado la pérdida de puntos, de tres a cuatro.

Pero, ahora, la ley no solo castiga a los conductores que no lleven el cinturón, sino también a los que hagan un uso indebido. Esto es porque el mal uso del cinturón también puede provocar lesiones. Lo mismo ocurre con los dispositivos de retención mal utilizados y con el caso, en el caso de los motoristas. La sanción es la misma.

Usar detectores de radar

El uso de los detectores de radar ha estado siempre prohibido, pero el nuevo texto penaliza también a los conductores que lleven estos aparatos, aunque no lo estén utilizando. Algo parecido que con el móvil.

Por tanto, el conductor que lleve un detector de radar en el coche será multado con 500 euros y tres puntos del carné. En este caso el cambio afecta a la cuantía económica, ya que la ley anterior fijaba una sanción de 200 euros, además de los tres puntos en el permiso de conducir.

Copiar en el examen de conducir

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La DGT ha querido también aumentar el castigo para aquellos que copien en el examen de conducir. Antes, el que era cazado intentando copiar, simplemente era expulsado de a sala. Ahora, esta conducta se considera como una infracción muy grave el uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para el carné de conducir (o en los cursos de recuperación de puntos).

Con la nueva ley, la sanción para lo que copien en el examen es de 500 euros, tanto para el candidato como para el colaborador. Además, el candidato pillado deberá esperar seis meses para volver a presentarse a siguiente examen.

Multas de la nueva Ley de Tráfico: Adelantar a ciclistas

Otra de las multas de la nueva Ley de Tráfico tiene que ver con los adelantamientos a ciclistas. No son pocos los atropellos a ciclistas que se producen cada año, sobre todo, en carreteras convencionales. Para conseguir atajar este problema, la DGT ha aumentado la distancia de seguridad con respecto a los que montan en bici.

Ahora es obligatorio mantener una distancia mínima de 1,5 metros de ancho al rebasar a un ciclista o grupo de ciclistas cuando se circula por una vía de un solo carril por sentido. En cambio, cuando se hace por una carretera con dos o más carriles por sentido, el conductor del vehículo deberá ocupar totalmente el carril izquierdo para adelantar al ciclista.

Tasa cero de alcohol para menores de edad

Fue una de las enmiendas introducidas a última hora, casi con el tiempo cumplido. Esta medida tiene como finalidad reducir la siniestralidad en los Vehículos de Movilidad Personal y fija una tasa cero de alcohol para los usuarios de este tipo de vehículos, como patinetes eléctricos, monociclos, segway, etc.

Lógicamente, al tratarse de menores de edad, no tienen carné de conducir y, por tanto, no se les puede retirar puntos. Pero sí pueden recibir una multa muy importante, de 500 euros, al ser una sanción tipificada como muy grave.

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