El PIVE -Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente- es el plan de ayuda a la compra de vehículos eficientes que entró en vigor el pasado 1 de octubre. Gracias a su implantación, el Gobierno quiere retirar de las carreteras hasta 75.000 vehículos con más de 12 años de antigüedad. Este programa estará activo hasta el 31 de marzo o hasta que se agoten los 75 millones de euros que han sido destinados para su ejecución.
Las claves del PIVE
Vehículos que se benefician del Plan PIVE
Las ayudas se aplicarán para la adquisición vehículos nuevos o usados con menos de un año de antigüedad desde la primera matriculación. En caso de que el vehículo a adquirir sea de segunda mano, su titularidad debe estar en poder del concesionario adherido al programa.
Los vehículos podrán ser de la categoría M1 (vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo) o de la categoría N1 (vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías), matriculados en España, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Vehículos de turismo (categoría M1):
Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la “Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos”.
Eléctricos puros
Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás –GLP- y Gas Natural) que figuren en la referida Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
b) Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):
Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
Eléctricos puros
Será requisito necesario que el precio de adquisición de los vehículos objeto de apoyo, en el momento de solicitar las ayudas contempladas en estas bases, no supere los 25.000 euros, antes de IVA o IGIC. Este requisito no resultará de aplicación a las ayudas destinadas a la adquisición de vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables y de autonomía extendida.
Los fabricantes e importadores de vehículos que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos, se responsabilizarán de la veracidad de la información aportada a IDAE para sus vehículos.
Listados de vehículos que pueden tener ayudas, además de los eléctricos puros y los vehículos comerciales con emisiones de CO2 de 160g/km:
Vehículos de gasolina y gasóleo (solo aplica a los que dispongan de Clase A o B).
Vehículos de Gas Natural de hasta 160 g/km (CO2)
Vehículos de GLP de hasta 160 g/km (CO2)
Requisitos para acogerse al PIVE
1.- El beneficiario de las ayudas ha de dar de baja definitiva, mediante certificado de achatarramiento/destrucción por parte de un centro autorizado al efecto, el vehículo que va a sustituir y que deberá tener una antigüedad igual o superior a 12 años (M1) y a 10 años (N1), y estar matriculado en España.
2.- El titular del vehículo a sustituir deberá figurar también como titular del vehículo acogido a la ayuda de IDAE.
3.-El vehículo a adquirir no podrá superar el precio de 25.000 euros, antes de IVA. Este límite no afecta a las ayudas destinadas a la adquisición de vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida.
Cuestionario básico para saber si puede acogerse al Plan PIVE:
1.-¿Dispongo de un vehículo turismo (M1) matriculado en España, para achatarrar y dar de baja, con más de 12 años de antigüedad desde su primera matriculación y 10 años en el caso de comerciales ligeros (N1), del cual soy titular?
2.- ¿Soy particular, autónomo, microempresa o pyme?
3.-¿Deseo adquirir y poner a mi nombre un vehículo nuevo (o usado con menos de un año de antigüedad, matriculado en España y en propiedad del concesionario o fabricante/importador), con las siguientes características?
a) Turismo (M1): con etiqueta energética A o B en la Base de datos de Turismos de IDAE
b) Comercial (N1): con emisiones de CO2/km no superiores a 160 gramos.
c) Turismo o Comercial (M1 o N1): eléctrico, de GLP o Gas Natural con < 160 gCO2/km
4.- ¿El vehículo que deseo adquirir tiene un precio, antes de IVA, inferior a 25.000 €?
5.- ¿Estoy al corriente de mis obligaciones tributarias?
Si ha contestado afirmativamente a estas 5 preguntas, usted es un potencial beneficiario del Programa PIVE.
Personas que se podrán acoger al PIVE
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en este programa:
• Las personas físicas.
• Los profesionales autónomos dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
• Las microempresas, entendiendo por tales aquellas empresas que ocupan a menos de 10 personas y cuyo importe neto de la cifra anual de negocios o total de las partidas del activo no supera los 2 millones de euros.
• Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que cumplan los siguientes requisitos:
- Que empleen a menos de 250 personas.
- Que su importe neto de la cifra anual de negocios no exceda de 50 millones de euros, o el total de las partidas del activo no exceda de 43 millones de euros.
Si no te ha quedado con las claves del PIVE que te hemos dado, siempre que quieras puedes acceder a la web oficial.