En los últimos días, a raíz de la catástrofe que ha provocado la gota fría o DANA en Valencia que ha arrasado varios municipios cercanos a la capital, hemos oído mucho hablar del Consorcio de Seguros. Vamos a ver qué es qué le corresponde.

Todos hemos visto las imágenes terribles que ha dejado la gota fría en numerosos pueblos de la provincia de Valencia, como Paiporta, Catarroja o Benetúser, entre otros. Una de las cosas que más ha llamado la atención, aparte de la tragedia humana, es la cantidad de coches destruidos y apilados en las diferentes calles de los pueblos, formando auténticas montañas de amasijos.

Esto nos lleva a hablar del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), como se conoce técnicamente, uno de los organismos públicos más importantes cuando ocurren desastres naturales como el de Valencia, pero que genera dudas entre los conductores.

Qué es el Consorcio de Seguros

El Consorcio de Seguros es una entidad pública que desempeña diferentes funciones en el ámbito del seguro, como la cobertura de los riesgos extraordinarios, el seguro obligatorio de automóviles, el seguro agrario o la liquidación de entidades aseguradores.

Este organismo se encarga de indemnizar a los clientes de un seguro privado (ya sea empresas, asociaciones o particulares) por los daños que no pueden cubrir las aseguradoras y que se corresponden con riesgos extraordinarios, por ejemplo, una catástrofe natural como la ocurrida en la Comunidad Valenciana.

Más de 100.000 vehículos afectados por la DANA

Además, se encarga también de ofrecer cobertura a aquellos vehículos que hayan sido rechazados por dos o más aseguradoras, ofrecer un seguro agrario o indemnizar a un tercero en nombre de esos vehículos que no tienen seguro o que no han sido identificados correctamente.

De quién depende el CCS y cómo está organizado

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El Consorcio de Seguros está adscrito al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. Tiene un marco específico de actuación, determinado por su Estatuto Legal, patrimonio propio, distinto al del Estado, y en su actividad no depende de ningún presupuesto público.

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Su máximo órgano decisorio es el Consejo de Administración, compuesto por 14 miembros, de los cuales siete son altos directivos de entidades aseguradoras privadas y los otros siete son altos cargos de la Administración. Este Consejo está presidido por el Director General de Seguros y Fondos de Pensiones. El CCS elabora sus planes estratégicos cada tres años, mediante Planes de Actuación Trienal (PAT). Actualmente, está vigente el PAT 2023-2025, que se articula en torno a tres ejes estratégicos: Actividad empresarial; Responsabilidad social y sostenibilidad; Tecnología y ciberseguridad.

Quién puede solicitad el Consorcio de Seguros y cuándo

Cualquier persona puede reclamar una indemnización del seguro de coche al Consorcio de Seguro cuando se den alguno de los siguientes casos:

  • Cuando no se sabe quién es el culpable de un siniestro: por ejemplo, si uno de los implicados se da a la fuga. En este caso, el Consorcio de Compensación de Seguros se encargará de indemnizar al asegurado que lo reclame, pero sólo cubrirá los gastos del siniestro cuando ocasione: muerte, incapacidad permanente o incapacidad temporal (con un mínimo de estancia hospitalaria de siete días).
  • Cuando el responsable del siniestro no tiene seguro: si en un siniestro, uno de los implicados no tiene seguro (es obligatorio), el Consorcio se ocupa de los daños materiales y personales, hasta 15 y 70 millones de euros, respectivamente.
  • Cuando los años son causados por “riesgos extraordinarios” (como por ejemplo fenómenos atmosféricos, actos terroristas, huelgas o presencia de las Fuerzas Armadas). Es el caso de los efectos de la DANA.
  • Cuando en el siniestro está implicado un coche robado: en este supuesto, no es la aseguradora la que los gastos del accidente, sino el Consorcio.
  • Si la aseguradora se liquida: en este caso, el Consorcio asumirá el coste de los daños sufridos por los asegurados de la compañía liquidada, tal y como establece la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
  • Cómo solicitar una indemnización al CCS

Para solicitar una indemnización al Consorcio de Seguros hay que presentar una solicitud a la aseguradora con la que se tiene contratada la póliza. Hay dos vías para hacerlo:

  • Llamando al 900 222 665 (pedirán una serie de datos)
  • Presentando una solicitud online a través de la página web del Consorcio en ‘Solicitud de indemnización de riesgos extraordinarios’.

Un dato importante: para reclamar una indemnización al Consorcio de Seguros, el solicitante debe disponer de una póliza de seguro del coche y estar al corriente de los pagos. Una vez presentada, sólo quedará esperar un tiempo que variará dependiendo de cada caso.

Para contratar un seguro de coche con el Consorcio de Seguros es necesario que el solicitante haya sido rechazado por dos o más aseguradoras. Así se garantiza que todos los coches que circulan por las carreteras españolas dispongan, al menos, del seguro de responsabilidad civil.

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