A medida que pasan los días, conocemos más detalles sobre la magnitud de la gota fría que arrasó parte de España el pasado 29 de octubre, afectando, principalmente, Valencia, pero también a parte de Castilla-La Mancha y Andalucía. Aparte de las pérdidas humanas, los daños materiales son enormes y, en lo que respecta al automóvil, la DGT estima que el 98% de los 120.000 vehículos afectados por la DANA irán al desguace.

Prácticamente la totalidad de los coches que se inundaron o fueron arrastrados. Ante esto, las diferentes administraciones están tomando medidas. Por ello, en previsión del elevado número de vehículos que pueden quedarse abandonados en diferentes lugares de las zonas afectadas, el Consorcio de Compensación de Seguros está diseñando, en coordinación con DGT, el Ministerio de Industria y la Asociación Española de Desguace y Reciclaje del Automóvil (AEDRA), un proceso ágil de retirada y destrucción que permita contribuir a recuperar la normalidad en la zona lo más rápidamente posible.

El 98% de los vehículos afectados por la DANA irán al desguace

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Los vehículos que, tras haberse dado de baja temporal, se puedan llevar a un taller para su recuperación, de acuerdo con la aseguradora y el Consorcio, deberán superar una ITV extraordinaria y posteriormente solicitar alta en el registro de vehículos, también de manera gratuita. En cambio, si el titular decide retirarlo de la circulación, deberá llamar a un Centro Autorizado de Tratamiento Medioambiental para su destrucción.

Estos centros son los únicos autorizados para descontaminar y destruir los vehículos conforme a criterios ambientales, así como de expedir el correspondiente certificado de destrucción que entregarán al titular de dicho vehículo. Una vez que conste en el Registro de Vehículos de la DGT la información de la baja definitiva de los vehículos se les facilitará a los ayuntamientos para la actualización de su parque y la gestión del impuesto de circulación.

Las opciones que tienen los dueños de los coches

La DGT ha habilitado en su página web, en la sección creada para los trámites extraordinarios, un buscador en el que los usuarios pueden localizar el lugar donde se encuentran los vehículos afectados por la DANA en vías interurbanas. En estos momentos, el listado sólo ofrece la información de los vehículos que circulaban por una vía interurbana en el momento de la riada, y que los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han retirado y depositado en diferentes depósitos.

En estos 2.500 vehículos, además de en aquellos que ya tienen abierto un expediente de reclamación con el Consorcio de Compensación de Seguros (en total unos 104.000), Tráfico está procediendo a dar una baja temporal de oficio con el objetivo de beneficiar al titular del vehículo afectado y fuera de la circulación ya que, en esta situación administrativa, se suspenden determinadas obligaciones, como el pago del impuesto de circulación el 1 de enero de 2025 o la ITV.

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Independientemente de si el vehículo figura o no en el listado de la DGT, los propietarios deben contactar con el Consorcio de Compensación de Seguros para iniciar el expediente de reclamación y poder retirarlo del lugar en el que se encuentre o encargar su traslado a uno de los 84 centros autorizados de tratamiento de la región.

Los que hayan perdido su coche, pero el Consorcio o las autoridades correspondientes de la Generalidad Valenciana no los haya identificado, pueden solicitar igualmente la baja temporal y de forma gratuita, a través de una sección habilitada en la página web de la DGT, mientras se gestionan los expedientes de indemnización por los daños del vehículo o la reparación del mismo.

Este trámite se puede realizar también a través del teléfono 060, presencialmente en la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia y Alzira o a través de los gestores administrativos, colaboradores habituales de la Administración en estos procedimientos administrativos.

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Todos los vehículos afectados tendrán una anotación en el registro de vehículos como ‘afectado por la DANA’ tanto para evitar su puesta en circulación sin superar previamente la inspección técnica del vehículo, como para evitar posibles fraudes en el mercado de segunda mano.

Por último, además de la baja temporal o definitiva, los titulares de los vehículos afectados pueden solicitar también, por el extravío o destrucción del permiso de conducción, un duplicado del carné de conducir, que será remitido al interesado a la dirección existente en el Registro General de Conductores que conste en la DGT o a la Jefatura Provincial de Tráfico.

Fuente: DGT.

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