Hay talleres que acondicionan los vehículos para que pasen sin problemas la inspección técnica, pero parece que en este caso no salió muy bien parado. La Audiencia Provincial ha revocado una sentencia de un juzgado de la costa da Morte, Galicia, que condena a un taller y una aseguradora a pagar más de 3.000 euros de multa por reparar un coche para pasar la ITV y que luego gripó el motor.

Todo comenzó cuando el propietario del vehículo no logró superar la inspección en un primer intento, debido a un problema de gases, como informa La Voz de Galicia. Entonces, acudió a un taller para que hicieran una reparación en el coche “consistente en la limpieza de gases, para lo cual le inyectaron un producto durante aproximadamente una hora". Después de la operación, "no probaron el coche".

Más de 3.000 euros de multa a un taller y una aseguradora por una mala reparación

Posteriormente, el conductor regresó a la ITV y esta vez sí aprobó la inspección. Sin embargo, después condujo durante 36 kilómetros y el vehículo dejó de funcionar, por lo que tuvo que solicitar la asistencia del responsable del taller. Fue entonces cuando comprobaron que el motor había gripado. Según el auto judicial, "lo desmontaron y pudieron comprobar que todas las piezas móviles estaban completamente agarrotadas por una pasta negra".

En un primer momento, la demanda del afectado fue desestimada, al considerar el juzgado que, acogiéndose a la tesis de un perito, no se había probado el nexo causal entre la avería y la actuación del taller demandado porque "su intervención afectó únicamente a la zona de admisión de aire que no entra en contacto con el circuito del motor". Además, argumentó que no se había analizado el aceite viscoso.

El conductor recurrió y luego el tribunal consideró probado que el vehículo presentaba daños tras ser retirado del taller "y no se ha demostrado que fueran preexistentes, daños que son compatibles con la reparación llevada a cabo". Por tanto, según establece la ley, "le correspondería a la parte demandada acreditar que la actuación realizada en el coche fue la correcta, o que, en su caso, la avería se debió (...) a otras circunstancias (...)”.

Sin embargo, la sentencia señala que “ni las partes ni la prueba practicada ha podido establecer con exactitud cuál fue la causa de la avería" y añade que la aseguradora incurrió en mora al "no satisfacer la indemnización ni pagar el importe mínimo".